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A. 149/22
Aclaración de votoAuto A. 149/2216 de febrero de 2022

Aclaración de voto

MagistradosMaría Victoria Calle Correa·Luis Ernesto Vargas Silva

Aclaración conjunto de María Victoria Calle Correa y Luis Ernesto Vargas Silva — comparten un mismo texto.
Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

aclaración de voto de la magistrada María Victoria Calle Correa a la Sentencia T-652 de 2013. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. 130 Por una parte, en el acta del 8 de marzo de 2021 se destituyó al ciudadano Zarwawiko Torres Torres. Por otra parte, algunos miembros de la comunidad y de la Asamblea reconocieron al ciudadano Torres Torres como gobernador legítimo y han desconocido la elección de los ciudadanos Danilo Villafaña Torres, Rogelio Torres Torres e Iván de Jesús Torres Torres (ordenada por este tribunal en el Auto del 27 de octubre de 2021). 131 Asimismo, este escalamiento "ha producido la afectación de los derechos fundamentales a la integridad personal y la libertad de los miembros de la comunidad indígena" (fundamento jurídico 82). En concreto, algunos de los miembros de la comunidad arhuaca han manifestado que son víctimas de retaliaciones por sus posiciones respecto a la elección y el ejercicio del cargo de gobernador. 132 CIDH. Derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales. Ser. L/V/II. Documento 413. 28 de diciembre de 2021. 133 Ibíd. 134 CIDH. Derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales. Ser. L/V/II. Documento 413. 28 de diciembre de 2021, párr. 153. 135 Ibíd. 136 La jurisprudencia los ha enlistado en los siguientes términos: "la prohibición de esclavitud; el derecho a la vida; la prohibición de penas y tratos crueles e inhumanos; y el derecho al debido proceso apreciado en su aspectos mínimos, siempre de acuerdo a la cosmovisión del grupo indígena correspondiente". Sentencia T-349 de 1996. 137 Sentencias T-973 de 2009 y T-921 de 2013. 138 Sentencias T-349 de 1996 y T-552 de 2003. 139 Informe de la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, Derechos de los pueblos indígenas y la justicia, 2 de agosto de 2019. 140 El derecho de autodeterminación: un derecho humano de los pueblos indígenas. Claudia A. Mendoza Antúnez. 141 "A partir de los postulados del artículo 246 constitucional, la jurisprudencia de este tribunal ha deducido que la jurisdicción indígena incorpora cuatro elementos axiales al ejercicio de este derecho de las comunidades indígenas: i) la posibilidad de que existan autoridades judiciales propias de los pueblos indígenas; ii) la potestad de éstos de establecer normas y procedimientos propios; iii) el respeto a la Constitución y la ley dentro del principio de maximización de la autonomía; y iv) la competencia del legislador para señalar la forma de coordinación de la jurisdicción indígena con el sistema judicial nacional". Sentencia T-670 de 2011. 142 Manual para defender los derechos de los pueblos indígenas y tribales. DPLf. Fundación para el debido proceso. Massachusetts. Cfr. https://www.dplf.org/sites/default/files/pueblos_indigenas_web_c.pdf. 143 Sentencia T-371 de 2013. 144 Sentencias T-973 de 2009 y T-371 de 2013. 145 Sentencias T-932 de 2021 y T-973 de 2009. 146 Sentencia T-670 de 2011. 147 Sentencias T-188 de 2015 y T-650 de 2017. 148 Sentencia T-568 de 2017. 149 Sentencia T-1253 de 2008. 150 El derecho de autodeterminación de los pueblos. Un estudio interdisciplinario de derechos humanos. José A. Obieta Chalbaud. Universidad de Deusto. Bilbao. 1980. 151 Sentencia T-349 de 1996. ---------------

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